Este jueves a las 17:30 horas se desarrollo una reunión virtual, donde expertos de Salmonchile AG expusieron detalles de la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Areas Protegidas SBAP.
En la ocasión, la primera intervención estuvo a cargo de Tomas Monge, Director Territorial de la organización.
El se refirió principalmente a la positiva relación que tiene la industria salmonicultora con las empresas de distintos rubros de la zona. En este sentido, destacó el dinamismo que aporta a sectores tan variados, como hotelería, eventos, finanzas, y otros proveedores de servicios.
Además, se refirió a cómo la industria ha llegado a lugares donde el estado difícilmente podría llegar, aportando desarrollo a zonas aisladas historicamente.
Con esto en vista, la industria es responsable de «una gran cadena de valor» señaló el ejecutivo, y esto debe saberlo la comunidad.
Situación actual de las concesiones
Luego, fue el turno de Esteban Ramirez, Gerente General de Intesal, quien en resumen se refirió a la desproporción del despliegue del ejecutivo y el congreso en torno a la votación de un artículo que regula un 0,001% de la zona económica exclusiva de Chile.
En esa línea, manifestó que Chile ya tiene un 40% de sus mares protegidos, versus un 10% o menos en el caso de Noruega y Canadá, competidores directos para la salmonicultura chilena.
Actualmente hay en operación 400 concesiones marítimas. En caso de aprobarse el articulo en cuestión, se verían afectadas alrededor de 260 de estas concesiones, y la opción de relocalización propuesta por el estado, es poco operativa.
Respecto a la Ley SBAP en específico
Para finalizar, María Alicia Baltierra, Asesora Jurídica de SalmonChile, se refirió en específico a la ley SBAP.
La experta manifestó que, si bien es cierto, la ley cumple con ordenar y sistematizar una serie de procedimientos y directrices que están dispersos en otros cuerpos legales, de paso afecta al 60% de la industria salmonera actual y compromete seriamente su desarrollo futuro.
Existen en particular dos artículos que afectan directamente a la acuicultura.
Artículo 93. Actualmente está claro donde se puede y donde NO se pueden instalar centros de cultivo. En este sentido el articulo es redundante, ya que lo que pretende regular ya esta señalado en las definiciones de SBAP
Artículo 158. Se sale del marco de la ley de creación de un servicio, para interferir en actividades que ya están reguladas en la Ley General de Pesca y Acuicultura.
En pocas palabras, este artículo propone medidas que perjudicarían seriamente a la industria desde ahora en adelante. Por un lado, prohíbe la salmonicultura en reservas, además de impedir el otorgamiento de nuevas concesiones y relocalizaciones, convirtiéndosela en una traba real para la discusión de una nueva Ley de Pesca y Acuicultura.
Relocalización de centros
En contexto, han pasado 13 años desde que se indicó este procedimiento para algunos centros de cultivo. En la práctica, no se ha podido llevar a cabo ninguno de estos procesos por problemas de espacio o burocracia.
Esto indica que esta opción no es factible, e insistir en proponer esta medida como una solución, solo genera incertidumbre.
En conclusión
Debido a la magnitud de la industria en la economía de la Macrozona Sur Austral, la discusión sobre acuicultura debería darse en forma aislada y no como parte de una ley mas amplia.
En este sentido, se espera que el ejecutivo tenga una mirada mas fina respecto a la industria, con una visión estratégica a 10 años y evaluando el impacto social que medidas como las propuestas tendrían en la población.